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miércoles, 26 de mayo de 2010

Sala Superior Ordenó al Instituto Electoral de Hidalgo Admitir Queja Contra Gobernador

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Consejo General del Instituto Electoral de Hidalgo, de no existir alguna causal de improcedencia, iniciar el procedimiento sancionador contra el gobernador, por presuntas violaciones a la normativa electoral efectuadas con motivo a la propaganda electoral difundida de su quinto informe de gobierno, durante el periodo de la precampaña en esa entidad. La coalición “Hidalgo Nos Une” (PAN, PRD, Convergencia) solicitó, en marzo pasado, al Instituto Electoral local ordenar la suspensión de la propaganda gubernamental –que contenía la imagen y nombre de Miguel Ángel Osorio Chong-, por considerar que influía negativamente en el proceso electoral local.

Dicho instituto se declaró incompetente, en consecuencia la coalición acudió a la Sala Superior, instancia que reencausó la demanda como recurso de apelación local y ordenó al Tribunal Electoral del Poder Judicial de Hidalgo resolverlo.

En su sentencia, el tribunal local, entre otros puntos, determinó no iniciar el procedimiento administrativo sancionador en contra del gobernador del estado.

“Hidalgo nos Une” solicitó la revisión constitucional de esta sentencia. Los magistrados de Sala Superior consideraron que el tribunal local infringió la ley al determinar no iniciar el procedimiento sancionador aludido.

Por otra parte, se ordenó al Tribunal Electoral de Oaxaca admitir y pronunciarse, en un plazo de 3 días, sobre la apelación local interpuesta por Convergencia contra la negativa de la Junta General Ejecutiva del Instituto Electoral local, de expedirle las copias certificadas de las licitaciones públicas de los servicios de monitoreo de radio y televisión, del programa de resultados electorales preliminares, y de la adquisición de documentación y material electoral para los comicios de este año en la entidad.

En otro caso, y para garantizar su derecho de audiencia, se ordenó al Consejo Electoral de Sinaloa emplazar a las personas físicas involucradas en la contratación de un desplegado en el diario “El Universal”, con el cuál presuntamente se promocionó anticipadamente a Jesús Vizcarra Calderón como precandidato priísta a la gubernatura de esa entidad.

Así lo determinó la Sala Superior tras revocar la sentencia del Tribunal Electoral local que declaró infundada en una parte, y fundada pero inoperante en otra, los agravios esgrimidos por los partidos de la Revolución Democrática (PRD), Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI) en sus recursos de revisión.

En otro caso, se revocó el acuerdo emitido por la magistrada ponente de la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia de Querétaro, que desechó por extemporáneo el recurso de apelación local interpuesto por el PRI contra la resolución del Consejo General del Instituto Electoral local, mediante el que sancionó a dicho partido por no subsanar distintas observaciones a sus estados financieros del cuarto trimestre de 2008 y el primero del dos mil nueve.

Los magistrados consideraron que el partido quejoso no fue notificado debida y oportunamente sobre el procedimiento respectivo, por lo que no estuvo en condiciones de responder a las observaciones que originaron la sanción, y por ello mismo, el recurso de apelación local contra ésta se presentó en tiempo y forma.

Se confirmó sentencia del Tribunal de DurangoAl analizar otro juicio, se confirmó la sentencia Tribunal Electoral del Poder Judicial de Durango, con el que se revocó el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral local, mediante el que se aprobó la modificación del emblema de la coalición “Durango nos Une” (PAN, PRD, Convergencia). Dicha coalición agregó ilegalmente a su emblema las palabras “Alianza Contigo”.

Esto es así porque en primera instancia el órgano facultado para esta modificación es la Comisión Política de dicha alianza, y en este caso fue determinada por el Consejo Estatal.

En sesión pública de este día, la Sala Superior resolvió cuatro juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, siete juicios de revisión constitucional electoral y un recurso de revisión, que en total suman 12 medios de impugnación.

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